domingo, 29 de junio de 2014

NOTA

Responsabilizan a médico por muerte de jornalero guerrerense

GUAYMAS.-El doctor Hugo Enrique Arellano Arias violentó los derechos humanos y a la salud de Constantino Ortiz Rendón, al negarle atención médica, lo que a la postre derivó en la muerte de ese jornalero agrícola guerrerense, dictaminó ayer el doctor Rubén Vázquez Xibillé, titular de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico.

Expresó que la instancia a su cargo no tiene carácter sancionador, pero recomienda a Contraloría Estatal y a la Secretaría de Salud sus obligaciones para el cumplimiento de la Ley General del ramo y aplicación del marco jurídico para muertes por negligencia; de hecho ya está abierto un expediente al respecto, dijo.
Indicó que luego de enterarse a través a de los medios de comunicación del deceso de Ortiz Rendón, de 39 años de edad, inició las labores de investigación; esto incluyó el parte rendido por policías municipales de Empalme, donde consignan que el médico Arellano Arias solicitó su apoyo para el retiro de un ebrio que estorbaba a las puertas del Centro de Salud del poblado Morelos (La Atravesada).
Aun cuando consta que el 9 de junio se atendió allí a Constantino, por síntomas previos a un ataque epiléptico y ya presentaba estragos por deshidratación y golpe de calor, Hugo Enrique Arellano se negó a salir de su consultorio para atender al jornalero, tal como se lo solicitaron los policías que pudieron percatarse del mal estado en el que se encontraba.
En su patrulla, los agentes encaminaron al enfermo hasta el poblado La Palma, donde lo trasbordaron a una ambulancia de Cruz Roja Mexicana; sin embargo, Ortiz Rendón no llegó vivo al Hospital SEMESON de Empalme; según los paramédicos, a la altura de La Ladrillera “perdió todos los pulsos”.
El doctor Hugo Enrique Arellano Arias mostró total desapego a principios que rigen la práctica de la medicina y evitó cumplir los protocolos que hubiesen evitado la muerte de Constantino Ortiz Rendón, subrayó el doctor Vázquez Xibillé.
Además del total desprecio a la vida de los demás, Arellano Arias incumplió con el Artículo Cuarto Constitucional, cuyo párrafo tercero dispone que “... toda persona tiene derecho a la protección de la salud”.
Y como titular del Centro de Salud de “La Atravesada”, también violentó el Artículo 71 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica, que reza: “Los establecimientos públicos, sociales y privados que brinden servicios de atención médica para el internamiento de enfermos, están obligados a prestar atención inmediata a todo usuario, en caso de urgencia que ocurra en la cercanía de los mismos”.

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