domingo, 11 de agosto de 2013

NOTA

Presenta Marcial Liborio exhorto 
para evitar duplicidad de comisarías

 El Diputado local por el Distrito XV, Jesús Marcial Liborio, integrante de la Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante la Mesa Directiva del H. Congreso del Estado de Guerrero, el acuerdo parlamentario para hacer un exhorto a los 81 Ayuntamientos, para que en el ejercicio de sus atribuciones contribuyan a evitar la duplicidad de comisarías municipales.

Durante la sesión del 25 de julio pasado, el legislador presentó la propuesta de acuerdo parlamentario “como asunto de urgente y obvia resolución” en el que se hace “un a
tento y respetuoso exhorto a los 81 Ayuntamientos… para que en el ejercicio de las atribuciones que les señala la fracción XXIV del artículo 61 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, al momento de calificar la elección de los Comisarios Municipales y formular la declaratoria de su nombramiento, lo hagan previo análisis responsable, minuciosos e imparcial, cerciorándose si en dicha elección, se cumplieron con todas las formas y formalidades señaladas en los artículos 197, 198, 199, 200 y 201 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero”.
Lo anterior, argumentó Marcial Liborio, “en virtud de la importancia que tienen los comisarios municipales en cuanto a sus delicadas atribuciones, es de suma importancia que los ayuntamientos al momento de calificar la elección y formular la declaratoria de su nombramiento, se cercioren de que se hayan cumplido todas y cada una de las formalidades legales señaladas” en los artículos antes mencionados.
Cumpliendo con este exhorto, sobre todo “respetando los tiempos de elección y los usos y costumbres de cada comunidad, se evitaría la duplicidad de comisarías municipales y la usurpación de funciones públicas, conductas que la ley penal tipifica como delito de usurpación de funciones públicas, prevista y sancionadas por el artículo 267 del código penal del estado de Guerrero; violentando además los derechos políticos de los ciudadanos”.
En su argumento Marcial Liborio también agregó que con la duplicidad de comisarías “todas las actuaciones que realizó el comisario usurpador en auxilio de los órganos de procuración e impartición de justicia son nulas de pleno derecho, perjudicándose gravemente los intereses de las partes que sostienen alguna controversia”.
Actualmente –dijo— “tenemos municipios con duplicidad de comisarios municipales como es el caso de Azoyú, Igualapa y Xochistlahuaca, por señalar algunos casos, donde existen dos comisarios municipales (en algunas comunidades), debido a las omisiones e irresponsabilidad de los ayuntamientos en no vigilar  que dichas elecciones se realicen en los tiempos que la ley señala y donde se haya cumplido con todas y cada una de las formalidades legales”, puntualizó.

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